El Sacrificio 24

nes: En las comunidades primitivas, la noción de un derecho penal es aún más inaprehensible que la de un derecho civil: la idea de justicia tal como nosotros la entendemos prácticamente inaplicable. En The Andaman Is­landers (Cambridge, 1922), las conclusiones de Radcliffe-Brown son idén­ticas, y vemos perfilarse junto a ellas la amenaza de la venganza intermi­nable, al igual que en todas partes donde se imponen sus conclusiones:

«Los andamaneses tenían una conciencia social desarrollada, es decir, un sistema de conceptos morales respecto al bien y el mal, pero el castigo del crimen por la colectividad no existía entre ellos. Si un individuo sufría un daño, le correspondía a él ven­garse, con tal que lo quisiera o pudiera. Siempre, sin duda, se encontraban personas que abrazaban la causa del criminal, reve­lándose más fuerte la adhesión personal que la repugnancia por la acción cometida.»

Algunos etnólogos, como Robert Lowie en Primitive Society (Nueva York, 1947), se refieren a propósito de las sociedades primitivas a una «administración de la justicia». Lowie diferencia dos tipos de sociedades: las que poseen una «autoridad central» y las que no la poseen. En estas últimas, dice, el grupo de parentesco detiene el poder judicial, y este grupo confronta a los restantes grupos de la misma manera que un Estado sobe­rano confronta a todos los demás. No puede haber «administración de la justicia», o sistema judicial, sin una instancia superior, capaz de arbitrar soberanamente, incluso entre los grupos más poderosos. Sólo esta instancia superior puede atajar cualquier posibilidad de blood feud, de interminable venganza. El propio Lowie admite que esta condición no se cumple:

«En este caso, la solidaridad del grupo es la ley suprema: un individuo que ejerce alguna violencia contra un individuo de otro grupo será normalmente protegido por su propio grupo, mientras que el otro grupo apoyará a la víctima que reclama una venganza o una compensación. De modo que el asunto siempre puede pro­vocar un ciclo de venganzas, o una guerra civil… Los chukchi pactan generalmente la paz después de un único acto de represa­lias, pero entre los ifugao la lucha puede proseguir casi intermi­nablemente.»

Hablar en este caso de administración de la justicia, es abusar del sentido de los términos. El deseo de reconocer a las sociedades primitivas unas virtudes iguales o superiores a la nuestra en el control de la vio­lencia no debe llevarnos a minimizar una diferencia esencial. Hablar como lo hace Lowie, equivale a perpetuar una manera de pensar muy extendida, según la cual la libre venganza hace las veces del sistema judicial allí don­de éste no existe. Esta tesis, que parece impregnada de sentido común, 

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