La falacia de «nadie es culpable hasta que se demuestre lo contrario» contra la condena social.

0010708099¿Cuantas veces discutiendo con alguien fanatizado en política no obtuvo una respuesta como la siguiente? «nadie es culpable hasta que se demuestre lo contrario».

Con lo cual subrepticiamente se pretende invalidar el decir del contrincante hasta que la justicia no se haya expedido. En esto hay  hay un error conceptual, una falacia, la falacia sería, poniendo un ejemplo del campo político,: «Cristina no tiene condena firme, la condena social hasta que la condena jurídica no esté absolutamente establecida es injusta. No se la puede llamar ladrona hasta que no sea condenada por la justicia». Eso es falso de toda falsedad. La condena social es algo previo, injusto o justo, verdadero o falso, pero previo al desarrollo de cualquier proceso judicial. La condena social es espontánea, no sistemática, ni probatoria, afecta solamente la fama del acusado y no alcanza ni usa ningún aspecto coercitivo, de otro modo caeríamos en la ley de la jungla, linchamientos por ejemplo.

La condena social se forma de un modo connatural a la vida social de los pueblos, no necesita de una superestructura llamada justicia para existir, le es previa, muy anterior, es una especie de opinión común sobre el valor social de una persona determinada.

El proceso judicial pretende una objetividad contrastada por  pruebas en base a un protocolo que debería pretender abstraer de los individuos, tratarlos a todos por igual, al menos en relación a dicho protocolo y a eso es a lo que llamamos ley.

La condena social se basa en la opinión individual, en la formación de certezas personales, no sociales, de quien posee determinadas evidencias que son suficientes para sí mismo de que alguien es repudiable por una determinada actitud.

¿La condena social es injusta?

Es injusta si son falsos o insuficientes los fundamentos de la misma. Si lo que se esparce es un rumor o una mentira, la condena social es injusta y puede hacer mucho mal.

¿La condena social puede ser justa?

Por supuesto, antes de que la justicia se expida, que es extremadamente lenta, yo necesito tener una opinión sobre una determinada persona para mí mismo y sostenerla delante de los demás para, mediante la opinión, comenzar a defender el tejido social de aquél a quien yo, con mis evidencias fundadas (evidencias no necesariamente de orden jurídico o procesual) considero un delincuente, perverso, ladrón, etc.

Eso es totalmente legítimo y no puede ser suprimido como un derecho inalienable porque la justicia no se ha expedido.

En todo caso si afecto la fama de alguien públicamente y el otro considera que es injusto puede llevar el caso a la justicia y probar que yo estoy mintiendo o difamando.

Pero si en lo personal tengo evidencias de lo que digo para decir lo que digo y con ello prevengo de que muchos más sean dañados por el mismo delito, no solo tengo derecho a la denuncia pública que apela la condena social, sino que también, en algunos casos especiales será hasta obligatoria, teniendo en cuenta la lentitud de la justicia procesual, y, también, a veces la injusticia del sistema de justicia.

En resumen si veo un tipo que tira por una medianera un bolso con 9 millones de dolares, imposibles de justificar desde todo punto de vista, tengo derecho a decir y condenar en todo el ámbito social el estatus de “ladrón” de tal persona, sin necesidad a que de aquí a 6 años un proceso judicial se expida diciendo la misma cosa.

Un comentario sobre “La falacia de «nadie es culpable hasta que se demuestre lo contrario» contra la condena social.

  1. Excelente artículo, claro, certero y conciso.
    La sanción moral es en muchos casos la única que podra aplicarse a casos de delincuentes de saco y corbata o a miembros poderosos que libran fácilmente el sistema de Justicia a través de «notables» estudios jurídicos. Eso lo vemos a diario en países con un Poder Judicial endeble.

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